Ignorar el cambio climático te puede llevar al banquillo: La Haya declara ilegal la inacción de los Estados (1)

La lucha contra el cambio climático ha llegado hasta el máximo tribunal internacional. En un hecho sin precedentes, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya (Países Bajos) ha emitido una opinión jurídica histórica sobre las obligaciones de los Estados frente a la crisis climática.

El cambio climático tiene un aliado en la justicia ya que la Corte Internacional de Justicia ha emitido una opinión jurídica histórica

Impulsado por países vulnerables y la juventud del Pacífico, este proceso marca un antes y un después en la búsqueda global de justicia climática. ¿Cómo se gestó este caso y qué implica el dictamen de la CIJ para la acción climática mundial?

A continuación, exploramos el origen, el desarrollo y las repercusiones de este histórico proceso.

1. Origen de un caso histórico: Vanuatu y la voz de los vulnerables

Todo comenzó en las remotas islas del Pacífico, en septiembre de 2021, la pequeña nación insular de Vanuatu anunció ante la Asamblea General de la ONU su intención de solicitar una opinión consultiva a la CIJ sobre cambio climático, inspirada por la iniciativa de un grupo juvenil llamado Pacific Island Students Fighting Climate Change.

Esta iniciativa nació de la urgencia ya que Vanuatu y otros pequeños Estados insulares en desarrollo se consideran en la primera línea de la crisis climática debido a su extrema vulnerabilidad frente al aumento del nivel del mar y eventos meteorológicos extremos.

Con el impulso de la sociedad civil juvenil y el apoyo de la alianza de Estados insulares, Vanuatu reunió una coalición global para llevar adelante la idea, formando un grupo central de países en la ONU para redactar y promover la resolución necesaria.

El esfuerzo dio fruto el 29 de marzo de 2023, cuando la Asamblea General aprobó por consenso la resolución A/RES/77/276 solicitando formalmente al máximo tribunal internacional que aclarase cuáles son las obligaciones jurídicas de los Estados con respecto al calentamiento global en virtud del derecho internacional, así como las consecuencias de su incumplimiento.

La iniciativa obtuvo un respaldo abrumador: 132 naciones copatrocinaron la resolución, reflejando un consenso global sobre la importancia de abordar el cambio climático desde el marco del derecho internacional.

Aunque una opinión consultiva de la CIJ no es legalmente vinculante, la expectativa era clara ya que un pronunciamiento de esta naturaleza marcará sin duda todas las relaciones legales de los Estados sobre el calentamiento global en el futuro.

En otras palabras, se veía venir un hito jurídico que podría influir profundamente en la gobernanza climática mundial

2. Un proceso sin precedentes: de la petición de la ONU a audiencias históricas

Tras la adopción de la resolución, el Secretario General de la ONU transmitió la petición a la CIJ en abril de 2023, comenzando así un proceso jurídico sin precedentes.

La Corte Internacional de Justicia convocó audiencias públicas para escuchar a los Estados y organizaciones internacionales interesados, fijándolas durante diciembre de 2024 en su sede de La Haya.

La respuesta fue masiva, pues 96 países y 11 organizaciones internacionales participaron con declaraciones orales ante los jueces, el nivel de participación más alto en la historia del tribunal. Previamente, se habían presentado 91 escritos y decenas de comentarios adicionales con las posturas legales de los Estados.

Nunca un caso había convocado a tantas naciones ante la CIJ, lo que convirtió el proceso en el mayor caso presentado ante un tribunal de rango internacional

Las audiencias en La Haya representaron una oportunidad única para que países de todos los continentes expusieran sus argumentos sobre cómo debe aplicarse el derecho internacional ante el cambio climático.

En esencia, la CIJ debía responder a 2 preguntas centrales planteadas por la Asamblea General: cuáles son las obligaciones de los Estados para proteger el sistema climático y el medio ambiente para las generaciones presentes y futuras, y cuáles son las consecuencias jurídicas cuando las acciones u omisiones de los Estados causan daños significativos al clima u otros componentes del medio ambiente.

Esta segunda cuestión tenía un énfasis especial en los daños sufridos por los pequeños Estados insulares en desarrollo, así como en los derechos de los pueblos de las generaciones presentes y futuras afectadas por la crisis climática.

En otras palabras, se trataba de clarificar el alcance de principios como el deber de prevenir daño ambiental significativo y la responsabilidad frente a los impactos climáticos, especialmente respecto a quienes menos han contribuido al problema, pero más lo sufren.

El calendario de las vistas orales no pudo ser más simbólico. Las sesiones comenzaron apenas una semana después de la COP29 (celebrada en Bakú en 2024), donde muchos países en desarrollo expresaron profunda frustración con los resultados de las negociaciones climáticas.

El principal acuerdo de esa cumbre se resume en la aportación de 300.000 millones de dólares anuales en financiación climática para 2035, y fue calificado de insultante por líderes del Sur global, al considerar que quedaba muy por debajo de lo necesario.

El hecho de que, acto seguido, esos mismos países acudieran a la CIJ refleja cómo la vía judicial internacional se percibió como un mecanismo alternativo para avanzar la justicia climática ante la inacción política.

3. Las posturas de Brasil, China, Estados Unidos y otros actores clave

Durante las audiencias, casi un centenar de Estados expusieron sus posturas, reflejando la diversidad de intereses y enfoques ante la crisis climática.

Vanuatu y los pequeños Estados insulares llevaron a La Haya un mensaje contundente sobre la supervivencia de pueblos enteros. El enviado especial de Vanuatu recordó el fracaso de la COP29 para reducir emisiones, mientras que su fiscal general acusó directamente a un puñado de Estados con grandes emisiones” de incumplir sus deberes y causar daños catastróficos.

En la misma línea, la Alianza de Pequeños Estados Insulares (AOSIS) instó a la Corte a reconocer que el derecho internacional debe evolucionar para enfrentar esta crisis existencial, incorporando el deber de cooperación en materia de apoyo financiero y tecnológico a los países vulnerables.

AOSIS incluso pidió garantizar la continuidad del Estado para las naciones insulares cuyo territorio pudiera desaparecer completamente bajo las aguas, de modo que no pierdan su condición de Estados pese a la inundación total de su territorio. Estas intervenciones pusieron rostro humano al caso, ya que comunidades enteras que podrían dejar de existir físicamente, reclamando un amparo jurídico ante tal injusticia climática.

Brasil, anfitrión de la próxima COP30, aportó la voz de un país en desarrollo de gran tamaño que sufre severos impactos climáticos en carne propia. El enviado especial brasileño describió los estragos recientes en su país (sequías, inundaciones e incendios) como evidencias de la urgencia climática.

A la vez, destacó la ambición de la nueva contribución determinada a nivel nacional de Brasil, que busca reducir emisiones un 59-67% para 2035 respecto de 2005, incluso siendo Brasil un país en desarrollo enfocado en erradicar la pobreza.

Brasil subrayó las responsabilidades históricas en las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y el principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas establecido en la Convención de la ONU sobre Cambio Climático.

En opinión del representante brasileño, cada nación debe aportar según sus capacidades y su responsabilidad histórica en el calentamiento global, resaltando la necesidad de equidad, siendo los países industrializados que más han contaminado los que tienen mayor deber de actuar.

China, otro actor clave y hoy el mayor emisor anual de carbono, adoptó una postura alineada en parte con Brasil, pero con matices importantes.

Su asesor jurídico chino expuso que la expectativa de su país es que la CIJ se centre en la identificación y clarificación del derecho vigente y se abstenga de desarrollar normas futuras.

Es decir, China apoyó que la Corte interprete las leyes actuales (como la Convención Marco de la ONU, el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París) consideradas la base legal de la gobernanza climática global, pero sin ir más allá de lo ya acordado diplomáticamente.

Al igual que Brasil, China recalcó su condición de país en desarrollo y esgrimió el principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas, señalando que necesita plazos más largos relacionados con sus emisiones conforme al Acuerdo de París (COP21).

A la vez, responsabilizó a las naciones desarrolladas por ser las principales causantes históricas de la crisis climática e insistió en que esas potencias deben asumir la parte que les corresponde en la solución, tal como evidencian los informes científicos del IPCC.

En contraste, Estados Unidos, segundo mayor emisor global y parte crucial en cualquier acuerdo climático, enfatizó tanto el reconocimiento del problema como ciertos reparos legales. Su delegada admitió que la crisis climática es uno de los retos más graves a los que se ha enfrentado jamás la humanidad, y urgió a la acción y cooperación mundial de todos los Estados, en especial de los principales emisores.

No obstante, Estados Unidos defendió con firmeza la primacía del marco acordado en los tratados existentes.

Asimismo, la representación estadounidense discrepó de quienes presentaron la diferenciación de responsabilidades (Norte-Sur) como un principio fundamental del derecho, afirmando que no constituye una norma consuetudinaria ni un principio general legalmente vinculante.

En síntesis, la postura de EEUU reconoció la urgencia climática, pero mostró recelo ante cualquier dictamen que pudiera reinterpretar los compromisos asumidos políticamente como obligaciones jurídicas más estrictas.


En nuestra próxima entrega, repasaremos el dictamen de la CIJ y entenderemos porqué supone un hito para la justicia climática y las relaciones internacionales.

Ricardo Estévez

Mi verbo favorito es avanzar. Referente en usos innovadores de TIC + Marketing. Bulldozer sostenible y fundador de ecointeligencia

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