Ignorar el cambio climático te puede llevar al banquillo: La Haya declara ilegal la inacción de los Estados (2)

Sin precedentes, la lucha contra el cambio climático ha llegado hasta la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya impulsada por países vulnerables que buscan una opinión jurídica histórica sobre las obligaciones de los Estados frente a la crisis climática.

La lucha contra el cambio climático ha llegado hasta la Corte Internacional de Justicia impulsada por países vulnerables

Después de repasar el origen, el desarrollo y las distintas posturas de este este histórico proceso, nos queda ver en que ha consistido su dictamen.

1. El dictamen de la CIJ: implicaciones legales, políticas y morales

El 30 de junio de 2025, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) finalmente emitió su tan esperada opinión consultiva sobre el cambio climático, siendo un hecho públicamente destacado el 23 de julio de 2025.

El fallo, catalogado como histórico por Naciones Unidas, respondió con claridad a las preguntas planteadas, delineando las obligaciones de los Estados en materia climática bajo el derecho internacional vigente.

En primer lugar, la CIJ declaró que el cambio climático constituye un riesgo universal existencial causado inequívocamente por la actividad humana, lo que establece el contexto de extrema gravedad y urgencia del problema.

Según el tribunal, todos los Estados miembros de la ONU tienen el deber de prevenir ese riesgo catastrófico tomando medidas climáticas adecuadas, enfatizando que las consecuencias del cambio climático son severas y de gran alcance… subrayan la amenaza urgente y existencial que supone el cambio climático.

La máxima autoridad judicial mundial reconoce que la inacción ante el calentamiento global pone en peligro la existencia misma de ecosistemas y comunidades humanas

Acto seguido, la opinión consultiva aclaró las obligaciones jurídicas concretas de los Estados. Basándose en principios de derecho internacional ambiental ya asentados, la Corte concluyó que todos los países deben prevenir daños significativos al medio ambiente global actuando con debida diligencia, y utilizar todos los medios a su alcance para evitar que actividades bajo su jurisdicción causen daños graves al sistema climático u otras partes del entorno.

Además, todos los Estados tienen el deber de cooperar entre sí de buena fe para impedir esos daños transfronterizos. Subraya la CIJ que estas obligaciones no emanan únicamente de tratados como el Acuerdo de París, sino que forman parte del derecho internacional consuetudinario, por lo que son aplicables a todos los Estados sean o no parte de los acuerdos climáticos.

Este punto es crucial, ya que, incluso países que no hayan ratificado ciertos pactos climáticos igualmente están obligados por la costumbre internacional a tomar medidas contra el cambio climático.

La Corte también se pronunció sobre las consecuencias jurídicas del incumplimiento de estas obligaciones. Determinó que, si un Estado no actúa con la diligencia debida y causa daños significativos al clima, dicho incumplimiento constituye un hecho internacionalmente ilícito.

En tal caso, se activa la responsabilidad internacional: el Estado responsable debe cesar inmediatamente el acto u omisión ilícito, garantizar que no se repetirá en el futuro, y reparar íntegramente los perjuicios causados. La reparación puede incluir la restitución, indemnización o satisfacciones apropiadas a los Estados que hayan sufrido daños, según las normas generales de responsabilidad internacional.

Esta declaración tiene profundas implicaciones morales y políticas, pues implica que seguir emitiendo gases de efecto invernadero (GEI) descontroladamente, o no adaptarse al cambio climático, no es solo un fallo de política, es una violación del derecho internacional que genera la obligación de compensar a las víctimas.

En cuanto al contenido de las acciones requeridas, la CIJ fue explícita. El deber de prevenir exige que los Estados adopten medidas apropiadas, consistentes, rápidas y sostenibles para reducir sus emisiones de GEI. Además, los jueces señalaron que la falta de certeza científica absoluta no debe usarse como pretexto para retrasar la acción climática.

Con esta frase, la Corte desmonta el viejo argumento de la duda científica: la abrumadora evidencia del IPCC sobre el calentamiento global obliga a actuar sin dilaciones. También enfatizó el deber de cooperación reforzado, instando a brindar apoyo financiero y transferencia tecnológica a los países más vulnerables, y a que todos actúen con diligencia no a su propio ritmo, sino con la urgencia que la crisis demanda.

En suma, la CIJ pintó un panorama de obligaciones universales, donde mitigar el cambio climático ya no es voluntario ni exclusivo de ciertos países, sino un deber legal común en el que cada Estado tiene responsabilidades proporcionales a su capacidad y situación, pero nadie queda exento de actuar.

Desde la ONU se califica como una victoria para nuestro Planeta, para la justicia climática y para el poder de los jóvenes para marcar la diferencia, destacando de forma especial el rol de la juventud y de las naciones insulares en este logro, recordando que los jóvenes de las Islas del Pacífico iniciaron este llamado a la humanidad, y el mundo debe responder.

En efecto, la opinión de la CIJ lleva la impronta de esas voces: menciona explícitamente las preocupaciones de los pequeños Estados insulares en desarrollo y de las generaciones futuras, dándoles un peso sin precedentes en el discurso jurídico internacional.

Por otro lado, aunque el fallo es consultivo y carece de coercibilidad directa, su autoridad moral es inmensa. Las opiniones de la CIJ no son vinculantes, pero tienen un valor de autoridad y no pueden descuidarse.

De hecho, este dictamen climático servirá de referente legal para tribunales nacionales e internacionales en adelante. Ya existen cerca de 3000 litigios climáticos en marcha en unos 60 países, y es muy probable que los jueces y abogados involucrados en esos casos citen la opinión de La Haya para fundamentar sus argumentos.

La ley internacional, en síntesis, se ha puesto del lado de la acción climática, dotando de nuevas herramientas a quienes buscan justicia frente al calentamiento global.

2. Un hito para la justicia climática y las relaciones internacionales

Como hemos dicho, la resolución de la CIJ en materia de cambio climático constituye un hito sin precedentes que puede transformar la acción climática global en los años venideros.

En términos de justicia climática, el dictamen es una reivindicación para las naciones y comunidades más afectadas por la crisis. Por primera vez, un órgano judicial mundial reconoce que los Estados tienen deberes concretos hacia pueblos vulnerables y generaciones futuras en materia ambiental.

Esto empodera a los pequeños Estados insulares y a colectivos como la juventud activista, que ven legitimadas sus demandas en el más alto nivel jurídico

En el plano de las relaciones internacionales, la opinión consultiva refuerza el marco multilateral del Acuerdo de París y otros pactos, pero va más allá al inscribir los compromisos climáticos en el lenguaje del deber legal.

Esto podría influir en futuras negociaciones y acuerdos, ya que los países reticentes a aumentar su ambición ahora enfrentan un recordatorio de que existe una obligación jurídica de fondo para proteger el clima. También podría disipar la impunidad de la que han gozado hasta ahora los mayores contaminadores.

Si bien la CIJ no impone sanciones, su dictamen abre la puerta a que en foros legales (y morales) se exija responsabilidad a quienes no cumplan. Por ejemplo, pequeños Estados insulares y otros países dañados por el cambio climático podrán apoyarse en este pronunciamiento para reclamar compensaciones por pérdidas y daños a las naciones ricas, con mayor fuerza que antes.

Y aunque algunos gobiernos grandes emisores hicieron énfasis en que los tratados vigentes (como el de París) son voluntarios, la declaración de la Corte deja claro que la inacción ya no es excusable. Con otras palabras, ningún país puede hoy justificar la falta de medidas aduciendo ausencia de obligaciones: la máxima autoridad judicial de la ONU ha establecido que esas obligaciones existen y son universales.

Cabe destacar que este paso de la justicia internacional ocurre en un contexto en que la acción climática también está cobrando impulso en otros frentes. Un informe desarrollado por agencias vinculadas a la ONU reveló recientemente que en 2024 la inversión global en energías limpias superó por primera vez a la destinada a combustibles fósiles.

Desde la ONU se insta a acelerar la transición hacia las renovables para aprovechar sus beneficios en desarrollo y seguridad energética. Esta confluencia de factores (conciencia legal, presión social y avances tecnológicos) podría marcar el inicio de una nueva era.

La opinión consultiva de la CIJ, con todo su peso moral, llega como catalizador en un momento crítico en que el mundo busca redoblar sus esfuerzos contra el cambio climático.

Reducir las emisiones de CO2, una de las medidas para combatir la crisis climática

3. Conclusión, precedente histórico

Resumiendo, el dictamen de la Corte Internacional de Justicia sobre cambio climático ha sentado un precedente histórico que combina sostenibilidad, derecho y ética en la arena global.

Si bien resta por ver cómo los Estados atenderán este llamado, la opinión consultiva ya ha elevado el estándar de lo que se espera de ellos: actuar con diligencia, cooperar solidariamente y rendir cuentas en la protección del clima común.

La justicia climática, apoyada ahora por la palabra de la CIJ, ha ganado terreno. Y con ello, la ciudadanía global, desde los jóvenes activistas hasta las comunidades más expuestas, cuenta con un poderoso aliado para exigir y emprender acciones más ambiciosas.

Este fallo no vinculante podría traducirse en cambios vinculantes en las políticas y comportamientos internacionales, si el mundo toma en serio su mensaje.

La pelota está en el tejado de los gobiernos, y la humanidad, las futuras generaciones y el Planeta están esperando su respuesta.

Ricardo Estévez

Mi verbo favorito es avanzar. Referente en usos innovadores de TIC + Marketing. Bulldozer sostenible y fundador de ecointeligencia

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