Los Certificados de Ahorro Energético (CAE) son documentos electrónicos que acreditan una reducción real en el consumo de energía final gracias a medidas de eficiencia energética.

Cada CAE equivale a 1 kWh de ahorro energético anual certificado, lo que significa que, por ejemplo, si una comunidad de vecinos instala iluminación LED que reduce su consumo en 500 kWh al año, podrá obtener 500 CAE como reconocimiento de ese nuevo ahorro conseguido.
Lo innovador del sistema CAE es que permite monetizar esos ahorros energéticos. En lugar de que la única recompensa sea una factura energética más baja, el usuario o empresa que lleva a cabo la medida de eficiencia puede vender los kWh ahorrados y obtener una compensación económica adicional.
Dicho de otro modo, los CAE funcionan como un activo intercambiable, un título que representa energía ahorrada y que se puede comprar y vender en un mercado especializado.
Así, inversiones en eficiencia energética como cambiar electrodomésticos viejos por eficientes, mejorar el aislamiento de un edificio o modernizar maquinaria industrial se ven recompensadas doblemente, primero, por el ahorro en la factura energética y, segundo, por un ingreso extra por la venta de los CAE generados.
1. Marco legal y origen del sistema CAE
El sistema de Certificados de Ahorro Energético en España nace para dar cumplimiento a objetivos europeos de ahorro energético y fomentar la inversión en eficiencia.
La Unión Europea por medio de la Directiva 2012/27/UE de Eficiencia Energética (actualizada en 2023) obliga a cada Estado miembro a lograr un volumen acumulado de ahorro de energía final en 2021-2030 (para España, 53.593 ktep, equivalente a millones de toneladas de petróleo).
Para alcanzar este ambicioso objetivo, España optó por un Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética, creado en la Ley 18/2014, que impone cuotas anuales de ahorro a ciertas empresas energéticas y creó el Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE), y, hasta 2023, las compañías obligadas cumplían principalmente aportando dinero a este fondo, que financiaba programas de eficiencia.
En enero de 2023, el Gobierno dio un paso más al aprobar el Real Decreto 36/2023 que establece el Sistema de Certificados de Ahorro Energético y desarrolla la alternativa prevista en la mencionada ley, y en lugar de aportar todo al FNEE en forma de tasa, las empresas obligadas pueden ahora cumplir su cuota anual de ahorro mediante la obtención o compra de CAE.
Se crea un mercado donde el producto son los kWh ahorrados por proyectos de eficiencia energética, y las empresas con obligación legal pueden adquirir esos ahorros certificados para contabilizarlos en sus objetivos
De forma transitoria, en 2023-2024 solo se podía cubrir una parte de la obligación con CAE (un 65% en 2024), pero en 2025 ya se permite cubrir hasta 85% de la cuota mediante CAE. A partir de 2026 se prevé elevar al 90% el porcentaje de la obligación que puede alcanzarse con certificados, consolidando este sistema como vía principal de cumplimiento.
Las actuaciones de eficiencia susceptibles de generar CAE deben ejecutarse entre el 26 de enero de 2023 y el 30 de diciembre de 2030, alineándose con el horizonte del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC).
Además, cada certificado CAE tiene una validez de 3 años desde la finalización de la actuación que lo generó, lo que garantiza que los ahorros se usen pronto para cumplir objetivos recientes.

2. ¿Cómo funciona el sistema CAE? Participantes y proceso
De una manera simplificada podemos decir que el mercado de los CAE conecta la demanda de ahorro de las empresas obligadas con la oferta de ahorros certificados generados por quienes invierten en eficiencia energética (propietarios del ahorro), a través del producto que son los kWh anuales ahorrados convertidos en certificados.
En el sistema CAE intervienen diversos agentes:
- Sujetos obligados: Son las empresas energéticas (comercializadoras de electricidad y gas, y operadores mayoristas de productos petrolíferos y de GLP) que deben alcanzar una cuota anual de ahorro impuesta por ley. Tradicionalmente cumplían con un pago al FNEE del 100% de su cuota, pero ahora pueden optar por comprar CAE generados por proyectos de eficiencia energética, lo que les resulta más rentable que pagar todo al fondo y ofrece flexibilidad en el cumplimiento. En España hay centenares de estas empresas obligadas (en 2024 fueron 455 compañías con un objetivo conjunto de 4.299 GWh de ahorro), incluyendo grandes energéticas conocidas y otras de menor tamaño.
- Sujetos delegados: Son entidades autorizadas que actúan en nombre de los sujetos obligados para ayudarles a conseguir sus ahorros. Pueden ser empresas especializadas (por ejemplo, consultoras energéticas o ESE/ESCO) que se comprometen a entregar una cierta cantidad de CAE a una empresa obligada cada año. En la práctica, los sujetos delegados desarrollan proyectos de eficiencia, verifican los ahorros y tramitan la emisión de certificados, que luego pueden venderse en el mercado. Esto facilita que incluso empresas obligadas sin capacidad propia para ejecutar proyectos puedan participar financiando acciones externas.
- Propietario del ahorro (ahorrador energético): Es la persona, empresa o entidad que realiza la inversión en la medida de eficiencia energética y logra el ahorro de energía. Suele coincidir con el usuario final que disfruta la reducción en consumo (por ejemplo, la comunidad de vecinos dueña de un edificio rehabilitado o la fábrica que moderniza su proceso). El propietario inicial de los ahorros puede ceder la propiedad de ese ahorro energético a un tercero a cambio de una compensación, lo que le proporciona un ingreso extra sin perder el beneficio de la mejora en eficiencia, pues seguirá ahorrando energía y dinero en sus facturas.
- Verificador de ahorro energético: Entidad independiente acreditada (por ENAC en España) que comprueba técnicamente que la actuación de eficiencia se ha realizado correctamente y que el ahorro logrado es real y cuantificable. Los verificadores revisan la documentación y cálculos y emiten un dictamen de verificación. Sólo con un dictamen favorable se pueden solicitar CAE.
- Administración (Gestores Autonómicos y Coordinador Nacional): Las comunidades autónomas cuentan con gestores que revisan y aprueban las solicitudes de CAE en sus territorios, mientras que el Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO) actúa como Coordinador Nacional llevando el Registro central de CAE. Este Registro Nacional inscribe cada certificado emitido, asegurando la trazabilidad y evitando doble contabilización de ahorros.

El proceso para generar y utilizar un CAE se inicia cuando el propietario del ahorro ejecuta una medida de eficiencia energética elegible.
A continuación, un verificador acreditado evalúa la actuación: si confirma que se logró el ahorro declarado, emite un informe positivo. Solo los sujetos obligados o delegados pueden solicitar formalmente la emisión de CAE ante la Administración, y lo hacen agrupando una o varias actuaciones verificadas.
La solicitud se tramita mediante la plataforma electrónica del Sistema CAE (implementada por MITECO). El gestor autonómico correspondiente revisa el expediente y, si todo es correcto, emite los CAE que se inscriben en el Registro Nacional.
Una vez registrados, los CAE se convierten en un activo que puede ser comprado, vendido y finalmente utilizado para cumplir la obligación de ahorro de un sujeto obligado.
En esencia, se ha creado un mercado de ahorros energéticos. La demanda proviene de las empresas obligadas que necesitan kWh ahorrados para cumplir sus cuotas, y la oferta la aportan miles de actores (hogares, comunidades, pymes, industrias, administraciones) que están implementando mejoras de eficiencia energética día a día.
En nuestra próxima entrega trataremos los tipos de actuaciones, ejemplos prácticos y beneficios que aporta el sistema CAE.
